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CURSOS DE VIGILANTES DE SEGURIDAD EN SEVILLA

Curso Homologado por el Ministerio del Interior

¡PLAZAS LIMITADAS!

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Fórmate en el MÁS COMPLETO Curso de Vigilante de Seguridad en Sevilla
100 % Homologados
Ministerio del Interior
Grandes Instalaciones
Instalaciones Deportivas
Fuego Real
Practicas de Tiro
Defensa Personal
Maestros Expertos

Adéntrate en el sector de la seguridad privada con nuestra formación especializada en Vigilante de Seguridad

Con este curso de Vigilante de Seguridad estarás totalmente capacitado para la superación de las diferentes pruebas que te permitirán obtener tu carnet TIP.

Prepara todas las pruebas teóricas y físicas establecidas por la Policía Nacional, además de prácticas de tiro y defensa personal.

SOMOS EXPERTOS EN FORMACIÓN DE SEGURIDAD

PRUEBAS FISICAS

PRUEBAS FISICAS

DEFENSA PERSONAL

DEFENSA PERSONAL

PRÁCTICAS DE TIRO CON FUEGO REAL

PRÁCTICAS DE TIRO CON FUEGO REAL

Academia de Seguridad Privada en Sevilla

Más de 500 alumnos han pasado en 2022 por nuestras instalaciones y colaboramos con empresas de seguridad para ofrecerles personal cualificado.

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O bien te llamamos nosotros 

  • DIPLOMA SEGURIDAD PRIVADA
  • TECNICAS DE REDUCCION POLICIAL
  • TRABAJO CURSOS DE VIGILANTE SEGURIDAD

TESTIMONIOS REALES

 INFORMACIÓN SOBRE EL CURSO

Modalidad


180 horas: (6 semanas). 90 horas formación online y 90 horas formación presencial

Titulación


Diploma de Competencias y Certificados de Estudios de SEGURALSA, como centro de formación, actualización y adiestramiento profesional del personal de Seguridad Privada autorizado por el Ministerio de Interior, y se entregará al finalizar nuestro curso de Vigilante de Seguridad, un certificado de asistencia del alumno con el número total de horas lectivas de cumplimiento obligatorio y su aprovechamiento.

¿Qué incluye el precio?

  • Temario y material
  • Acceso al Aula Virtual donde realizar test y consultar recursos digitales
  • Clases de defensa personal
  • Preparación física en instalaciones deportivas
  • Prácticas de primeros auxilios
  • Prácticas de tiro con fuego real

¿Qué no incluye el precio?


Tasas de examen y Certificados médicos

Información relevante


Progresivamente se ha ido extendiendo por todas las sociedades de nuestro entorno la realización de actividades de seguridad por otras instancias sociales o agentes privados, llegando a adquirir en las últimas décadas un auge hasta ahora desconocido.

La profesión viene regulada en la ley de Seguridad Privada 23/1992, (derogada), y está viene regulada en la nueva ley de Seguridad Privada 5/2014, de 4 de abril, y el Reglamento 2364/1994 de 9 de Diciembre en todo aquello que no contravenga la Ley. Puede decirse que el conjunto de los cambios propuestos en la nueva ley, además de mejorar y resolver problemas técnicos, de gestión y operativos, profundiza decididamente en el actual modelo español de seguridad privada (complementaria, subordinada, colaboradora y controlada por la seguridad pública), apostando por su papel preventivo en beneficio de la seguridad general.

 La seguridad privada proporciona trabajo a más de 100.000 profesionales (90% con contrato indefinido).es un sector generador de empleo de ámbito nacional en cualquier tramo de edad.

Requisitos


Para poder participar en las pruebas de selección que convoque la Secretaria de Estado de Seguridad, para la obtención de las habilitaciones profesionales, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos que a continuación mostramos en el enlace.

Contenidos académicos


  • Los contenidos mínimos de los módulos profesionales de formación previa se agrupan en cuatro áreas diferentes:

  • Área Jurídica

  • Área Socio-profesional

  • Área Técnico-profesional

  • Área Instrumental

En el siguiente enlace le dejamos con más detalle el temario:

Adquisición de competencias


A la finalización del curso, nuestros alumnos habrán adquirido los conocimientos y competencias necesarias para superar las pruebas que les permitirán habilitarse profesionalmente como Vigilante de Seguridad. Así como los conocimientos teórico/prácticos sobre los aspectos legislativos y normativos, deontológicos, socio-profesionales e instrumentales y se habrán adquirido las capacidades físicas necesarias para el ejercicio de la profesión de Vigilante de Seguridad.

¿Cómo son las pruebas de Vigilante de Seguridad?


Se realizan dos pruebas de carácter eliminatorio:


Primera prueba:

Consiste en la realización de unas pruebas físicas, detallado en el enlace web del Ministerio del Interior.

Segunda prueba:

Se trata de una prueba de conocimientos teóricos, concretamente un cuestionario de 100 preguntas (a responder en 50 minutos) ajustadas al programa de la especialidad (detalles en temario). Las preguntas contienen 3 respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. Cada 2 respuestas incorrectas restan 1 respuesta correcta. El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, debiéndose alcanzar un 5 mínimo para aprobar.

En el siguiente enlace le dejamos con más detalle las pruebas

PULSA AQUÍ

Salidas profesionales


Nuestros cursos de vigilante de seguridad en Sevilla dotan a nuestros alumnos del título necesario para poder optar a las siguientes salidas profesionales:

Actividades de Seguridad Privada


Constituyen actividades de seguridad privada las siguientes:

  • La vigilancia y protección de bienes, establecimientos, lugares y eventos, tanto públicos como privados, así como de las personas que pudieran encontrarse en los mismos.
  • El acompañamiento, defensa y protección de personas físicas determinadas, incluidas las que ostenten la condición legal de autoridad.
  • El depósito, custodia, recuento y clasificación de monedas y billetes, títulos-valores, joyas, metales preciosos, antigüedades, obras de arte u otros objetos que, por su valor económico, histórico o cultural, y expectativas que generen, puedan requerir vigilancia y protección especial.
  • El depósito y custodia de explosivos, armas, cartuchería metálica, sustancias, materias, mercancías y cualesquiera objetos que por su peligrosidad precisen de vigilancia y protección especial.
  • El transporte y distribución de los objetos a que se refieren los dos párrafos anteriores.
  • La instalación y mantenimiento de aparatos, equipos, dispositivos y sistemas de seguridad conectados a centrales receptoras de alarmas o a centros de control o de video vigilancia.
  • La explotación de centrales para la conexión, recepción, verificación y, en su caso, respuesta y transmisión de las señales de alarma, así como la monitorización de cualesquiera señales de dispositivos auxiliares para la seguridad de personas, de bienes muebles o inmuebles o de cumplimiento de medidas impuestas, y la comunicación a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad competentes en estos casos.
  • La investigación privada en relación a personas, hechos o delitos sólo perseguibles a instancia de parte.

 

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